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LA NACIÓN REGLAMENTARÁ EL DECRETO PARA DIFERIMIENTOS
 

Este paso administrativo permitirá regularizar su situación a más de 250 empresas radicadas bajo el régimen de diferimientos impositivos. El Ministerio de Economía de la Nación, que encabeza Felisa Miceli, reglamentaría la semana que viene el decreto 135, con lo que más de 250 emprendimientos agropecuarios y turísticos radicados en Catamarca podrán regularizar su situación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El decreto fue firmado el 19 de febrero de este año por el presidente Néstor Kirchner, pero no fue reglamentado hasta este momento; Esta situación perjudica a las empresas ya que la Nación no había bajado directivas a la AFIP que, de este modo, en los últimos meses siguió impidiendo a las empresas cumplir con las certificaciones fiscales. La secretaria de Inversión para el Desarrollo, Fabiola Garrot, confirmó que el Gobierno nacional, a través de la AFIP, envió a la Provincia el proyecto de reglamentación, que es analizado también por los otros gobiernos beneficiados con el régimen de diferimientos impositivos.

Por otro lado, comentó que ya fue aprobado el formulario que AFIP pondrá a disposición de las empresas a los efectos del trámite administrativo. "Cuando la Nación firme la reglamentación, las provincias podrán comenzar a cargar la información para que las empresas puedan diferir", indicó la funcionaria. "El sistema informático está listo, se hizo la prueba piloto", señaló Garrot.

A través de este decreto, la Nación blanqueó la situación de más de 600 emprendimientos agropecuarios y turísticos diferidos pertenecientes a las provincias que firmaron el Acta de Reparación Histórica: Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis. De este modo, el Gobierno central reconocerá legalidad a las reformulaciones de proyectos productivos y las reasignaciones de cupo realizadas en la última década por el Gobierno provincial como autoridad de aplicación del régimen.

Sin embargo, no podrán reasignarse 5 cupos caídos (hay entre 10 y 20 emprendimientos en proceso sumarial) desde 2003 en adelante; El monto disponible a diferir rondaría los 10 millones de pesos. En su artículo, la norma permite realizar cambios en los objetos de producción siempre y cuando no se altere la cantidad de mano de obra, la titularidad del proyecto y el cupo presupuestario originario de la empresa.

El decreto dará un marco de seguridad jurídica a las inversiones realizadas en estas provincias y estimulará la posibilidad de que los proyectos retrasados en sus cronogramas de inversión se reactiven generando de este modo mayores fuentes de ingreso.

De esta manera, las diferidas podrán dar continuidad a los cronogramas de inversión previstos y realizar nuevas inversiones con capital genuino. En este marco, las empresas también deberán dar cumplimiento a la cantidad de puestos de trabajo comprometidos en los diferentes proyectos.

Son 12 provincias que benefician con este régimen: además de Catamarca, La Rioja y San Juan; Misiones, Corrientes, Salta, Chaco, Córdoba, Formosa, Mendoza, Santiago del Estero y San Luis.

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